Código de Justicia Militar
Libro TERCERO: Del Procedimiento
Título TERCERO: Del juicio
Capítulo II: Del procedimiento previo al juicio ante el Consejo de Guerra Ordinario
Artículo 629. La citación para la audiencia ante un Consejo de Guerra Ordinario, deberá hacerse, en todo caso, señalando un término que nunca deberá ser menor de tres días, ni mayor de diez.