Código de Justicia Militar
Libro SEGUNDO: De los delitos, faltas, delincuentes y penas
Título DECIMOSEGUNDO: Delitos cometidos en la Administración de Justicia o con motivo de ella
Capítulo II: Delitos con motivo de la administración de justicia
Artículo 427. El que ejerza arbitrariamente una influencia ilegal en los procedimientos, para que den por resultado la absolución o la condenación de los acusados, sufrirá la pena de tres años de prisión.