Código de Justicia Militar
Libro SEGUNDO: De los delitos, faltas, delincuentes y penas
Título PRIMERO: De los delitos y de los responsables
Capítulo IX: Circunstancias que atenúan o agravan la responsabilidad
Artículo 120. Las circunstancias que disminuyan o aumenten la responsabilidad criminal del acusado serán establecidas y calificadas por el juez, a su arbitrio.