Código Federal de Procedimientos Penales
Título SEXTO: Prueba
Capítulo IX: Valor jurídico de la prueba
Artículo 281. Son documentos públicos los que señale como tales el Código Federal de Procedimientos Civiles o cualquiera otra ley federal.
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Artículo 281. Son documentos públicos los que señale como tales el Código Federal de Procedimientos Civiles o cualquiera otra ley federal.
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