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Código Federal de Procedimientos Penales

Título QUINTO: Disposiciones Comunes a la Averiguación Previa y a la Instrucción

Capítulo III: Atención médica a los lesionados

Artículo 191. Los certificados de defunción o de sanidad expedidos por médicos particulares, estarán sujetos a la revisión de los médicos oficiales, quienes rendirán el dictamen definitivo.

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