Aviso importante: lena.mx está en fase de desarrollo. Favor de comparar los textos con otras fuentes antes de usarlas como referencia.

Código Federal de Procedimientos Civiles

Libro TERCERO: Procedimientos especiales

Título PRIMERO

Capítulo I: Concursos

Artículo 509. Si los bienes concursados no excedieren del importe de los créditos preferentes al de la Hacienda Pública Federal, el Ministerio Público provocará la declaración judicial, en ese sentido, y la remitirá a la Secretaría de Hacienda, para justificar los asientos que deban hacerse en los libros de la contabilidad fiscal.

Puede enviar comentarios y reportar errores a contacto@lena.mx.