Código Federal de Procedimientos Civiles
Libro TERCERO: Procedimientos especiales
Título PRIMERO
Capítulo I: Concursos
Artículo 508. Si los bienes secuestrados administrativamente estuvieren afectos a responsabilidad de pago preferente al derecho de la Hacienda Pública Federal, así lo declarará la sentencia; pero, en tal caso, con el sobrante del precio de dichos bienes y con los demás que constituyan el fondo del concurso, se pagará el crédito fiscal.