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Código Federal de Procedimientos Civiles

Libro TERCERO: Procedimientos especiales

Título PRIMERO

Capítulo I: Concursos

Artículo 508. Si los bienes secuestrados administrativamente estuvieren afectos a responsabilidad de pago preferente al derecho de la Hacienda Pública Federal, así lo declarará la sentencia; pero, en tal caso, con el sobrante del precio de dichos bienes y con los demás que constituyan el fondo del concurso, se pagará el crédito fiscal.

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