Código Federal de Procedimientos Civiles
Libro SEGUNDO: Contención
Título QUINTO: Ejecución
Capítulo II: Documentos ejecutivos
Artículo 412. Es tribunal competente, para conocer del reconocimiento, el que lo sea para conocer del juicio.
La citación, para el reconocimiento de un documento, se hará en la forma prescrita para la confesión.