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Código Federal de Procedimientos Civiles

Libro SEGUNDO: Contención

Título SEGUNDO

Capítulo UNICO: Incidentes

Artículo 361. Todas las disposiciones sobre prueba en el juicio, son aplicables a los incidentes, en lo que no se opongan a lo preceptuado en este Título, con la sola modificación de que las pruebas pericial y testimonial se ofrecerán dentro de los primeros tres días del término probatorio.

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