Código Federal de Procedimientos Civiles
Libro PRIMERO: Disposiciones Generales
Título SEXTO: Recursos
Capítulo I: Revocación
Artículo 230. Del auto que decida sobre la revocación no habrá ningún recurso.
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Artículo 230. Del auto que decida sobre la revocación no habrá ningún recurso.
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