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Código de Comercio

Libro QUINTO: De los Juicios Mercantiles

Título TERCERO: De los Juicios Ejecutivos

Artículo 1412 Bis 1 Tratándose del remate y adjudicación de inmuebles, el juez y el adjudicatario, sin más trámite, otorgarán la escritura pública correspondiente ante fedatario público.

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