Código de Comercio
Libro SEGUNDO: Del Comercio en General
Título SEGUNDO: De Comercio Electrónico
Capítulo III: De los Prestadores de Servicios de Certificación
Artículo 112. Las autoridades competentes harán uso de las medidas legales necesarias, incluyendo el auxilio de la fuerza pública, para lograr la ejecución de las sanciones y medidas de seguridad que procedan conforme a esta Ley. Incluso, en los procedimientos instaurados se podrá solicitar a los órganos competentes la adopción de las medidas cautelares que se estimen necesarias para asegurar la eficacia de la resolución que definitivamente se dicte.