Código Civil Federal
Libro SEGUNDO: De los Bienes
Título QUINTO: Del Usufructo, del Uso y de la Habitación
Capítulo I: Del Usufructo en General
Artículo 985. El usufructo puede constituirse desde o hasta cierto día, puramente y bajo condición.
Aviso importante: lena.mx está en fase de desarrollo. Favor de comparar los textos con otras fuentes antes de usarlas como referencia.
Artículo 985. El usufructo puede constituirse desde o hasta cierto día, puramente y bajo condición.
Puede enviar comentarios y reportar errores a contacto@lena.mx.