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Código Civil Federal

Libro SEGUNDO: De los Bienes

Título TERCERO: De la Posesión

Capítulo UNICO

Artículo 810. El poseedor de buena fe que haya adquirido la posesión por título traslativo de dominio, tiene los derechos siguientes:

  1. I. El de hacer suyos los frutos percibidos, mientras su buena fe no es interrumpida;

    II. El de que se le abonen todos los gastos necesarios, lo mismo que losútiles, teniendo derecho de retener la cosa poseída hasta que se haga el pago;

    III. El de retirar las mejoras voluntarias, si no se causa daño en la cosa mejorada, o reparando el que se cause al retirarlas;

    IV. El de que se le abonen los gastos hechos porél para la producción de los frutos naturales e industriales que no hace suyos por estar pendientes al tiempo de interrumpirse la posesión; teniendo derecho al interés legal sobre el importe de esos gastos desde el día que los haya hecho.

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