Código Civil Federal
Libro SEGUNDO: De los Bienes
Título SEGUNDO: Clasificación de los Bienes
Capítulo V: De los Bienes Vacantes
Artículo 785. Son bienes vacantes los inmuebles que no tienen dueño cierto y conocido.
Aviso importante: lena.mx está en fase de desarrollo. Favor de comparar los textos con otras fuentes antes de usarlas como referencia.
Artículo 785. Son bienes vacantes los inmuebles que no tienen dueño cierto y conocido.
Puede enviar comentarios y reportar errores a contacto@lena.mx.