Código Civil Federal
Libro SEGUNDO: De los Bienes
Título SEGUNDO: Clasificación de los Bienes
Capítulo III: De los Bienes Considerados según las Personas a Quienes Pertenecen
Artículo 769. Los que estorben el aprovechamiento de los bienes de uso común, quedan sujetos a las penas correspondientes, a pagar los daños y perjuicios causados y a la pérdida de las obras que hubieren ejecutado.