Código Civil Federal
Libro CUARTO: De las Obligaciones
Parte TERCERA
Título SEGUNDO: Del Registro Público
Capítulo IV: Del Registro de Operaciones sobre Bienes Muebles
Artículo 3069. Se inscribirán en los folios de operaciones sobre bienes muebles:
I. Los contratos de compraventa de bienes muebles sujetos a condición resolutoria a que se refiere la fracción II del artículo 2310;
II. Los contratos de compraventa de bienes muebles por los cuales el vendedor se reserva la propiedad de los mismos, a que se refiere el artículo 2312; y
III. Los contratos de prenda que menciona el artículo 2859.