Código Civil Federal
Libro CUARTO: De las Obligaciones
Parte SEGUNDA: De las Diversas Especies de Contratos
Título DECIMOSEXTO: De las Transacciones
Artículo 2951. Podrá haber transacción sobre las cantidades que ya sean debidas por alimentos.
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Artículo 2951. Podrá haber transacción sobre las cantidades que ya sean debidas por alimentos.
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