Código Civil Federal
Libro SEGUNDO: De los Bienes
Título SEPTIMO: De la Prescripción
Capítulo III: De la Prescripción Negativa
Artículo 1158. La prescripción negativa se verifica por el sólo transcurso del tiempo fijado por la ley.
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Artículo 1158. La prescripción negativa se verifica por el sólo transcurso del tiempo fijado por la ley.
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