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Ley de Aeropuertos

Capítulo III: De las concesiones y de los permisos

Sección primera: De las concesiones

Artículo 13. En caso de que los concesionarios a que hace referencia el artículo 12, no manifiesten interés en recibir la nueva concesión, se seguirán los procedimientos establecidos en esta Ley para otorgarla.

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