Ley de Aeropuertos
Capítulo III: De las concesiones y de los permisos
Sección primera: De las concesiones
Artículo 13. En caso de que los concesionarios a que hace referencia el artículo 12, no manifiesten interés en recibir la nueva concesión, se seguirán los procedimientos establecidos en esta Ley para otorgarla.