Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito
Título PRIMERO: De los Títulos de Crédito
Capítulo II: De la letra de cambio
Sección Primera: De la Creación, Forma y Endoso de la Letra de Cambio
Artículo 78. En la letra de cambio se tendrá por no escrita cualquiera estipulación de intereses o cláusula penal.