Ley General de Sociedades Mercantiles
Capítulo V: De la sociedad anónima
Sección CUARTA: De la vigilancia de la sociedad
Artículo 171. Son aplicables a los Comisarios las disposiciones contenidas en los artículos 144, 152, 154, 160, 161, 162 y 163.
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Artículo 171. Son aplicables a los Comisarios las disposiciones contenidas en los artículos 144, 152, 154, 160, 161, 162 y 163.
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