Ley de Asistencia Social
Capítulo V: Sistema Nacional de Asistencia Social Pública y Privada
Artículo 24. La Federación, a través del Organismo, fijará las bases sobre las cuales se sustentará la coordinación y concertación de acciones del Sistema.
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Artículo 24. La Federación, a través del Organismo, fijará las bases sobre las cuales se sustentará la coordinación y concertación de acciones del Sistema.
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