Ley Federal del Trabajo
Título QUINCE: Procedimientos de Ejecución
Capítulo I
Sección Primera: Disposiciones Generales
Artículo 944. Los gastos que se originen en la ejecución de los laudos, serán a cargo de la parte que no cumpla.
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Artículo 944. Los gastos que se originen en la ejecución de los laudos, serán a cargo de la parte que no cumpla.
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