Ley Federal del Trabajo
Título TERCERO: Condiciones de Trabajo
Capítulo I: Disposiciones generales
Artículo 56. Las condiciones de trabajo en ningún caso podrán ser inferiores a las fijadas en esta Ley y deberán ser proporcionadas a la importancia de los servicios e iguales para trabajos iguales, sin que puedan establecerse diferencias por motivo de raza, nacionalidad, sexo, edad, credo religioso o doctrina política, salvo las modalidadesexpresamente consignadas en esta Ley.