Ley Federal del Trabajo
Título SEPTIMO: Relaciones Colectivas de Trabajo
Capítulo II: Sindicatos, federaciones y confederaciones
Artículo 362. Pueden formar parte de los sindicatos los trabajadores mayores de catorce años.
Aviso importante: lena.mx está en fase de desarrollo. Favor de comparar los textos con otras fuentes antes de usarlas como referencia.
Artículo 362. Pueden formar parte de los sindicatos los trabajadores mayores de catorce años.
Puede enviar comentarios y reportar errores a contacto@lena.mx.