Ley Federal del Trabajo
Título SEPTIMO: Relaciones Colectivas de Trabajo
Capítulo II: Sindicatos, federaciones y confederaciones
Artículo 358. A nadie se puede obligar a formar parte de un sindicado o a no formar parte deél.
Cualquier estipulación que establezca multa convencional en caso de separación del sindicato o que desvirtúe de algún modo la disposición contenida en el párrafo anterior, se tendrá por no puesta.