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Ley Federal del Trabajo

Título SEXTO: Trabajos Especiales

Capítulo XIV: Trabajo en hoteles, restaurantes, bares y otros establecimientos análogos

Artículo 344. Las disposiciones de este capítulo se aplican a los trabajadores en hoteles, casas de asistencia, restaurantes, fondas, cafés, bares y otros establecimientos análogos.

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