Ley Federal del Trabajo
Título CUARTO: Derechos y Obligaciones de los Trabajadores y de los Patrones
Capítulo IV: Derechos de preferencia, antigüedad y ascenso
Artículo 160. Cuando se trate de vacantes menores de treinta días, se estará a lo dispuesto en el párrafo primero del artículo anterior.