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Ley Federal del Trabajo

Título CUARTO: Derechos y Obligaciones de los Trabajadores y de los Patrones

Capítulo III: De la capacitación y adiestramiento de los trabajadores

Artículo 153-U. Cuando implantado un programa de capacitación, un trabajador se niegue a recibir ésta, por considerar que tiene los conocimientos necesarios para el desempeño de su puesto y del inmediato superior, deberá acreditar documentalmente dicha capacidad o presentar y aprobar, ante la entidad instructora, el examen de suficiencia que señale laSecretaría del Trabajo y Previsión Social.

En esteúltimo caso, se extenderá a dicho trabajador la correspondiente constancia de habilidades laborales.

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