Ley Federal del Trabajo
Título DIECISEIS: Responsabilidades y Sanciones
Artículo 1010. Las sanciones se harán efectivas por las autoridades que designen las leyes.
Aviso importante: lena.mx está en fase de desarrollo. Favor de comparar los textos con otras fuentes antes de usarlas como referencia.
Artículo 1010. Las sanciones se harán efectivas por las autoridades que designen las leyes.
Puede enviar comentarios y reportar errores a contacto@lena.mx.