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Ley de Planeación

Capítulo SEXTO: Concertación e Inducción

Artículo 39. Los contratos y convenios que se celebren conforme a este capítulo se consideran de Derecho Público.

Las controversias que se susciten con motivo de la interpretación y cumplimiento de estos contratos y convenios, serán resueltos por los tribunales federales.

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