Ley de Vías Generales de Comunicación
Libro QUINTO: Comunicaciones Eléctricas
Capítulo I: De las instalaciones en general
Artículo 378. Queda prohibido interceptar, divulgar o aprovechar sin derecho, los mensajes, noticias e informes que no estén destinados al domino público y que se escuchen por medio de aparatos de comunicación eléctrica.