Ley de Vías Generales de Comunicación
Libro TERCERO: Comunicaciones por Agua
Capítulo XIII: De la matrícula y abanderamiento
Artículo 279. (Se deroga).
Aviso importante: lena.mx está en fase de desarrollo. Favor de comparar los textos con otras fuentes antes de usarlas como referencia.
Artículo 279. (Se deroga).
Puede enviar comentarios y reportar errores a contacto@lena.mx.