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Ley del Servicio de Tesorería de la Federación

Título NOVENO: DEL PROCEDIMIENTO DE VENTA DE LOS BIENES PUESTOS A DISPOSICION DE LA TESORERIA O DE SUS AUXILIARES

Capítulo I: DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 126. El producto que se obtenga de la enajenación de los bienes conforme a lo dispuesto en este Título, ingresará a la Tesorería de la Federación.

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