Ley del Servicio de Tesorería de la Federación
Título NOVENO: DEL PROCEDIMIENTO DE VENTA DE LOS BIENES PUESTOS A DISPOSICION DE LA TESORERIA O DE SUS AUXILIARES
Capítulo I: DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 115. Las convocatorias a las que alude el artículo anterior deberán contener cuando menos:
I. La indicación del convocante, ya sea la Tesorería o, en su caso, la especificación del auxiliar del que se trate;
II. La indicación de los lugares, fechas y horarios en que los interesados podrán obtener las bases o demás requisitos para participar en el procedimiento de venta y, en su caso, su costo y forma de pago;
III. La descripción general del bien o bienes objeto de la venta;
IV. Las condiciones de pago requeridas;
V. Los criterios generales conforme a los cuales se adjudicará el bien;
VI. La información general sobre la garantía de seriedad de las ofertas de compra;
VII. Plazo, lugar, fecha y hora en la que podrá realizarse el registro de los interesados en el caso de licitación pública o subasta;
VIII. La fecha límite para la presentación de las ofertas, y
IX. La fecha, hora y lugar, o en su caso plazo para la celebración del acto de fallo.