Ley del Servicio Postal Mexicano
Título PRIMERO
Capítulo XXI: Derechos de franqueo
Artículo 62. Por la prestación de los servicios de franqueo se pagarán previamente las cuotas que señale la Ley Federal de Derechos.
Los pagos que excepcionalmente hayan de hacerse con posterioridad a la prestación de un servicio, estarán sujetos a las cuotas previstas por la Ley Federal de Derechos y se harán de acuerdo con la normatividad aplicable.