Ley del Servicio Postal Mexicano
Título PRIMERO
Capítulo I: Disposiciones Generales
Artículo 5o. La Secretaría tendrá a su cargo la regulación, inspección y vigilancia del servicio público de correos y de los servicios diversos.
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Artículo 5o. La Secretaría tendrá a su cargo la regulación, inspección y vigilancia del servicio público de correos y de los servicios diversos.
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