Ley del Servicio de Administración Tributaria
Título Segundo: De la Organización
Capítulo I: De los Organos
Artículo 8o. Para la consecución de su objeto y el ejercicio de sus atribuciones, el Servicio de Administración Tributaria contará con los órganos siguientes:
I. Junta de Gobierno;
II. Jefe, y
III. Las unidades administrativas que establezca su reglamento interior.