Ley del Servicio de Administración Tributaria
Título Primero: De la Naturaleza, Objeto y Atribuciones
Capítulo I: De la Naturaleza y Objeto
Artículo 3o. El Servicio de Administración Tributaria gozará de autonomía de gestión y presupuestal para la consecución de su objeto y de autonomía técnica para dictar sus resoluciones.