Ley de Propiedad Industrial
Título SEXTO: De los Procedimientos Administrativos
Capítulo I: Reglas Generales de los Procedimientos
Artículo 179. Toda solicitud o promoción dirigida al Instituto, con motivo de lo dispuesto en esta Ley y demás disposiciones derivadas de ella, deberá presentarse por escrito y redactada en idioma español.
Los documentos que se presenten en idioma diferente deberán acompañarse de su traducción al español.