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Ley de Propiedad Industrial

Título QUINTO BIS: De los Esquemas de Trazado de Circuitos Integrados

Artículo 178 bis 8 El registro de un esquema de trazado protegido será nulo cuando se haya otorgado en contravención a lo dispuesto en el artículo 178 bis 2 de este Título, siendo aplicable, en lo conducente, lo dispuesto en los artículos 78 al 81 de esta Ley.

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