Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles
Capítulo IX: Premio Nacional de Deportes
Artículo 60. Por cada año habrá una asignación de premios, que podrán ser hasta cinco en el primer campo: cuatro en la categoría de deportista y uno en la categoría de entrenador, pero sólo uno en el segundo campo. Si ocurrieren vacantes de premio, así lo declarará el Consejo de Premiación.