Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles
Capítulo III: Organos para el Otorgamiento
Artículo 17. Para ser miembro de un Jurado se requiere:
I. Ser ciudadano mexicano;
II. Tener un modo honesto de vivir;
III. Haber destacado por sus cualidades cívicas;
IV. Tener la calificación técnica o científica necesaria, cuando la naturaleza del premio así lo requiera.