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Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles

Capítulo III: Organos para el Otorgamiento

Artículo 17. Para ser miembro de un Jurado se requiere:

  1. I. Ser ciudadano mexicano;

    II. Tener un modo honesto de vivir;

    III. Haber destacado por sus cualidades cívicas;

    IV. Tener la calificación técnica o científica necesaria, cuando la naturaleza del premio así lo requiera.

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