Ley Orgánica de la Universidad Autónoma Metropolitana
Capítulo III: Organos de la Universidad
Artículo 10. La Junta Directiva celebrará sesiones ordinarias y extraordinarias en la forma y términos que señale su reglamento. Cada sesión será presidida por uno de sus miembros, sucediéndose, para este efecto, en orden alfabético de apellidos.