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Ley Orgánica de la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro

Capítulo VI: Del Consejo Directivo.

Artículo 15. Corresponde al Consejo Directivo, según lo que establezca el Estatuto y los reglamentos respectivos:

  1. I. Participar en el proceso de elección de las autoridades a que se refieren las fracciones II y IV del artículo 8 de esta Ley Orgánica;

    II. Participar en la definición de políticas generales de planes y programas institucionales, y en su seguimiento y evaluación;

    III. Promover la participación y vinculación de la Universidad con la sociedad;

    IV. Colaborar en la gestión de los recursos para el cumplimiento de los fines de la Universidad y promover la transparencia de su uso; y

    V. Las demás que le asigne el Estatuto.

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