Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Capítulo I: De la Naturaleza e Integración del Tribunal
Artículo 3. El Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa tendrá los servidores públicos siguientes:
I. Magistrados de Sala Superior;
II. Magistrados de Sala Regional;
III. Magistrados Supernumerarios de Sala Regional;
IV. Secretario General de Acuerdos;
V. Secretarios Adjuntos de Acuerdos de las Secciones;
VI. Secretarios de Acuerdos de Sala Superior;
VII. Secretarios de Acuerdos de Sala Regional;
VIII. Actuarios;
IX. Oficiales Jurisdiccionales;
X. Contralor Interno;
XI. Secretarios Técnicos, Operativos o Auxiliares;
XII. Director del Instituto de Estudios sobre Justicia Fiscal y Administrativa, y
XIII. Los demás que con el carácter de mandos medios y superiores señale el Reglamento Interior del Tribunal y se encuentren previstos en el presupuesto autorizado.
Los servidores públicos a que se refieren las fracciones anteriores serán considerados personal de confianza.
El Tribunal contará además con el personal profesional, administrativo y técnico necesario para el desempeño de sus funciones, de conformidad con lo que establezca su presupuesto.