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Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

Capítulo I: De la Naturaleza e Integración del Tribunal

Artículo 3. El Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa tendrá los servidores públicos siguientes:

  1. I. Magistrados de Sala Superior;

    II. Magistrados de Sala Regional;

    III. Magistrados Supernumerarios de Sala Regional;

    IV. Secretario General de Acuerdos;

    V. Secretarios Adjuntos de Acuerdos de las Secciones;

    VI. Secretarios de Acuerdos de Sala Superior;

    VII. Secretarios de Acuerdos de Sala Regional;

    VIII. Actuarios;

    IX. Oficiales Jurisdiccionales;

    X. Contralor Interno;

    XI. Secretarios Técnicos, Operativos o Auxiliares;

    XII. Director del Instituto de Estudios sobre Justicia Fiscal y Administrativa, y

    XIII. Los demás que con el carácter de mandos medios y superiores señale el Reglamento Interior del Tribunal y se encuentren previstos en el presupuesto autorizado.

    Los servidores públicos a que se refieren las fracciones anteriores serán considerados personal de confianza.

    El Tribunal contará además con el personal profesional, administrativo y técnico necesario para el desempeño de sus funciones, de conformidad con lo que establezca su presupuesto.

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