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Ley Orgánica de Sociedad Hipotecaria Federal

Capítulo QUINTO: Disposiciones Generales

Artículo 27. El ejercicio de la Sociedad se iniciará el primero de enero y terminará el treinta y uno de diciembre de cada año. La Sociedad estará obligada a publicar en el Diario Oficial de la Federación el balance general de fin de ejercicio.

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