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Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República

Capítulo IX: De las sanciones de los agentes del Ministerio Público de la Federación, los agentes de la Policía Federal Ministerial y los peritos

Artículo 77. Para todo lo no dispuesto en el presente capítulo o en el reglamento de esta ley, serán aplicables supletoriamente las disposiciones de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

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