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Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia

Artículo 5o. Para cumplir con sus objetivos, el Instituto se organiza:

  1. I. De acuerdo con sus funciones, en lasáreas de:

    1. a) Investigación en Antropología, Arqueología e Historia.

      b) Conservación y Restauración de Bienes Culturales.

      c) Museos y Exposiciones.

      d) Docencia y Formación de recursos humanos en los campos de competencia del Instituto.

    II. De acuerdo con su estructura territorial, en Centros o Delegaciones Regionales; y

    III. De acuerdo con su estructura administrativa, en las unidades que el reglamento de esta Ley establezca para el mejor desempeño de sus funciones.

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